viernes, 22 de junio de 2012

Un juez emplazó a la AFIP

El juez federal subrogante Oscar Papávero, de San Martín, le dio tres días de plazo a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que informe por qué no le deja adquirir dólares a una pareja, destinados a la compra de una vivienda, si presentaron la documentación que acredita la venta de su casa y la obtención de un préstamo hipotecario. Es decir, que se trata de dinero obtenido de manera lícita.


“Inconsistencias: presentaría insuficiente capacidad económica para realizar la operación cambiaria ingresada”, le dijo la AFIP a la pareja cuando hizo la consulta para ver si podían adquirir dólares ante la nueva reglamentación del ente recaudador.

La pareja, cuyos nombres fueron puestos sólo por sus iniciales en la resolución difundida ayer por el Centro de Información Judicial (CIJ), envió entonces a la agencia San Martín de la AFIP la documentación sobre la venta de un inmueble de su propiedad y la obtención del crédito a través del Banco de la provincia de Buenos Aires. Así iniciaron un “trámite de excepción” a través del formulario F206M.

Sin embargo, ante la falta de respuesta del ente recaudador , resolvieron acudir a la Justicia para que se le ordene a la AFIP “la venta inmediata de dólares, atento que la misma, en forma intempestiva, ha dejado de vender divisa extranjera, violando nuestro derecho de propiedad y otros derechos constitucionales”, dijeron en su presentación.

El magistrado dispuso modificar el trámite del reclamo y en lugar de una acción de amparo tradicional transformarlo en un “amparo por mora” , esto es a raíz de la falta de respuesta del organismo recaudador.

El juez destacó en su escrito que la pareja inició ante la AFIP “un procedimiento tendiente a acreditar la viabilidad de su solicitud y suscribieron la pertinente petición de validación de compra de divisa extranjera en los términos de la resolución general 3210/2011” del ente recaudador.

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