jueves, 16 de abril de 2009

DDJJ Ganancias y Bienes Personales

Estimados clientes y amigos,
Con motivo de los próximos vencimientos de las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales de Personas Físicas les envió la siguiente información a modo de recordatorio.
1 - Sujetos obligados a presentar declaraciones juradas:
Impuesto a las Ganancias:
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto los monotributistas que perciban la totalidad de sus ingresos dentro de dicho régimen).
- Los empleados que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a 144.000 pesos.
Bienes Personales:
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
- Quienes al 31 de diciembre de 2007 posean bienes que superen los 305.000 pesos.
- Los empleados cuyas remuneraciones percibidas en relación de dependencia resulten iguales o superiores a 96.000 pesos.
2 - Deducciones personales vigentes:
- Mínimo no imponible: 9.000 pesos.
- Cónyuge: 10.000 pesos.
- Hijos. 5.000 pesos.
- Deducción especial: 43.200 pesos.
3 - Aplicativo a utilizar:
- "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales - versión 10".
4 - Vencimientos Abril:
Los vencimientos para la presentación de las Declaraciones Juradas correspondientes a personas físicas que no tengan participaciones en sociedades van del 20 de abril para los CUITs finalizados en 0 y 1 al 24 de abril para las terminaciones 8 y 9.
Distintas entidades han solicitado a la AFIP la prorroga de dichos vencimientos atento a que se encuentra vigente hasta el 31 de agosto de 2008 la posibilidad de adherirse a la Moratoria y Blanqueo Fiscal.
Cordiales saludos,
Eduardo Gonella
Contador Público
(Socio)
Tel. (15) 5651-9079.


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