Estimados clientes y amigos, Con motivo de los próximos vencimientos de las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales de Personas Físicas les envió la siguiente información a modo de recordatorio. 1 - Sujetos obligados a presentar declaraciones juradas: Impuesto a las Ganancias: - Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto. - Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto los monotributistas que perciban la totalidad de sus ingresos dentro de dicho régimen). - Los empleados que perciban ingresos brutos anuales iguales o superiores a 144.000 pesos. Bienes Personales: - Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto. - Quienes al 31 de diciembre de 2007 posean bienes que superen los 305.000 pesos. - Los empleados cuyas remuneraciones percibidas en relación de dependencia resulten iguales o superiores a 96.000 pesos. 2 - Deducciones personales vigentes: - Mínimo no imponible: 9.000 pesos. - Cónyuge: 10.000 pesos. - Hijos. 5.000 pesos. - Deducción especial: 43.200 pesos. 3 - Aplicativo a utilizar: - "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales - versión 10". 4 - Vencimientos Abril: Los vencimientos para la presentación de las Declaraciones Juradas correspondientes a personas físicas que no tengan participaciones en sociedades van del 20 de abril para los CUITs finalizados en 0 y 1 al 24 de abril para las terminaciones 8 y 9. Distintas entidades han solicitado a la AFIP la prorroga de dichos vencimientos atento a que se encuentra vigente hasta el 31 de agosto de 2008 la posibilidad de adherirse a la Moratoria y Blanqueo Fiscal. Cordiales saludos, Eduardo Gonella |
jueves, 16 de abril de 2009
DDJJ Ganancias y Bienes Personales
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