jueves, 16 de abril de 2009

Regimen Monotributo

Estimados clientes y amigos,
 
Dos novedades en relación con el régimen de Monotributo:
 
1- La AFIP ha prorrogado hasta el 1* de junio de 2009 la entrada en vigencia de la Res.Gral 2549 que estableció un régimen de retención de los impuestos a las ganancias y al valor agregado aplicable a los pagos que se efectúen a monotributistas cuando superen los máximos establecidos para las categorias E o M durante el período fijado por dicha resolución.
 
2- La AFIP confirmó que en menos de una semana estará listo el proyecto que modificará el régimen del Monotributo. De esta manera se da respuesta al pedido masivo de actualización de los montos de facturación vigentes que se mantienen sin cambios desde hace más de diez años.
De acuerdo a la iniciativa, como parámetro general, el límite máximo de ingresos brutos anuales pasa de $ 72.000 (locaciones y prestaciones de servicios) y $ 144.000 (restantes actividades) a $200.000.-.
El límite de ingresos brutos permitidos se amplía de $200.000 a $300.000 -sólo para actividades distintas a prestaciones de servicios- en tanto se cumpla con el requisito de tener 1,2 y/o 3 empleados según la nueva escala establecida.
Respecto al componente impositivo el nuevo esquema prevé un pago mensual de $ 60.- para la Categoria A a $ 2.700.- para la Categoria H.
 
Dado que a partir de la categoría E pueden darse casos en donde resulte más económico estar inscriptos en IVA y Ganancias que en el régimen del Monotributo, sugiero asesorarse llegado el momento.
 
Cordiales saludos,
 
 
Eduardo Gonella
Contador Público
(Socio)
Tel. (15) 5651-9079.

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